Tras el acuerdo entre el Comité Veterinario Permanente del Cono Sur (CVP) y la OIE en marzo de 2007, se estableció una “zona de alta vigilancia” (ZAV) en las regiones fronterizas de Argentina, Bolivia, Brasil y Paraguay a fin de aplicar medidas reforzadas de control de la fiebre aftosa, incluida una vigilancia intensificada. El 20 de agosto de 2010, los delegados de los países anteriormente mencionados presentaron una solicitud al Director General para la restitución del estatus de zona libre de fiebre aftosa en que se practica la vacunación a sus territorios de la ZAV, de acuerdo con las disposiciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres. El grupo ad hoc de la OIE encargado de la evaluación del estatus sanitario de los Miembros relativo a la fiebre aftosa estudió la documentación presentada por los delegados en su reunión del 6 al 8 de diciembre de 2010 y recomendó a la Comisión Científica para las Enfermedades de los Animales que se restituyera el estatus de ‘zona libre de fiebre aftosa en que se aplica la vacunación a la ZAV. La Comisión Científica para las Enfermedades de los Animales aprobó la recomendación del grupo ad hoc durante su reunión celebrada del 1 al 4 de febrero de 2011. De conformidad con la Resolución Nº XXII de la 76ª Sesión General “Actualización de los procedimientos por los que se reconoce y mantiene oficialmente el estatus sanitario de los Miembros respecto de determinadas enfermedades animales”, Argentina, Bolivia, Brasil y Paraguay recuperaron el estatus de la antigua ZAV como zona diferenciada libre de la fiebre aftosa en que se aplica la vacunación el 4 de febrero de 2011 con efectos inmediatos.
Más información: http://www.oie.int/es/sanidad-animal-en-el-mundo/estatus-sanitario-oficial/fiebre-aftosa/suspencionrestitucion-del-estatus/