Con fecha 21 de abril de 2011 el Servicio Agrícola y Ganadero dictó la Resolución N° 2.762 que establece el control obligatorio y medidas sanitarias para el control y erradicación de la tuberculosis bovina en todo el territorio nacional. Esto se considera un paso trascendente en la historia de la sanidad animal del país ya que permite implementar todas las actividades necesarias para avanzar decididamente en el control de la enfermedad.
Desde el punto de vista epidemiológico, el país se ha dividido en dos zonas: una de control, que abarca desde las regiones de Arica y Parinacota en el extremo norte del país, hasta la región de Biobío, la cual incluye el 28% de la población bovina nacional, y una zona de erradicación, que considera el territorio ubicado entre las regiones de La Araucanía y la de Magallanes, en el extremo sur, que contiene el 72% restante de los bovinos; esta última zona corresponde además, al territorio donde se concentra la mayor producción lechera del país.
A fines del año 2011 se implementó la medida sanitaria de restricción del movimiento de animales desde la zona de control hacia la de erradicación y en esta última, se inició la cuarentena de los predios clasificados como infectados.
Como apoyo a las medidas sanitarias, se ha incorporado en la zona de erradicación un intenso programa de capacitación destinado a: médicos veterinarios oficiales, profesionales y técnicos que efectúan la inspección sanitaria de las carnes en los mataderos del país, médicos veterinarios privados autorizados y personal de los laboratorios de diagnóstico. Además se mantiene un activo programa de difusión dirigido a proveedores de la industria láctea y a ganaderos, especialmente de la agricultura familiar campesina.
Fuente: Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)